DEFENSORÍA DEL PUEBLO FORTALECE CAPACIDADES DEL COMANDO POLICIAL AMAZÓNICO DE RIBERALTA PARA ERRADICAR EL MATRIMONIO Y LAS UNIONES INFANTILES, TEMPRANAS Y FORZADAS
25 de noviembre de 2025
Riberalta, 25 de noviembre de 2025.– En el marco del fortalecimiento de capacidades de los servidores públicos, la Defensoría del Pueblo, a través de su Unidad de Coordinación Regional de Riberalta, llevó adelante un taller de capacitación dirigido a la Dirección Especial de Lucha Contra la Violencia (FELC-V) y a funcionarios de diversas unidades operativas del Comando Policial Amazónico de Riberalta, con la participación de 50 efectivos policiales.
Durante la actividad, la institución defensorial socializó los principales hallazgos del informe “Sueños Interrumpidos”, investigación que analiza la situación de adolescentes obligados a contraer matrimonio o ingresar en uniones libres debido a factores como la violencia familiar, la pobreza y otras condiciones de vulnerabilidad. El estudio destaca cómo estas prácticas afectan gravemente los proyectos de vida, especialmente de niñas y adolescentes mujeres del área rural, quienes se ven forzadas a asumir responsabilidades adultas para las que no están preparadas, vulnerando su derecho a una infancia y adolescencia plenas.
Estas uniones, además, incrementan el riesgo de violencia familiar, sexual y económica, abandono escolar y precariedad laboral, perpetuando ciclos de pobreza y exclusión.
La Defensoría del Pueblo también explicó el proceso de incidencia desarrollado ante la Asamblea Legislativa Plurinacional, que permitió la aprobación y promulgación de la Ley N° 1639, del 24 de septiembre de 2025, la cual modifica la Ley 603 (Código de las Familias y del Proceso Familiar). Las modificaciones más relevantes se refieren al Artículo 50, que incorpora la figura del curador para resolver conflictos de intereses entre adolescentes y sus padres, y al Artículo 139, que establece en 18 años cumplidos la edad mínima para contraer matrimonio o constituir una unión libre de manera válida y legal.
La institución señaló al personal policial que, desde la promulgación de esta normativa, todo matrimonio o unión libre en el que participe una persona menor de 18 años es nulo de pleno derecho, por lo que no debe ser considerado normal ni legal bajo ninguna circunstancia. Asimismo, enfatizó que, cuando la unión involucre a un adolescente y una persona adulta, se deben activar de inmediato los mecanismos de denuncia y protección, al tratarse de una grave vulneración de derechos.
La Defensoría del Pueblo tiene habilitada la Línea Gratuita: 800-10-8004 y los teléfonos 73993148, WhatsApp: 73993128 (Riberalta) para la atención de denuncias de casos de vulneración de derechos humanos.




