DEFENSORÍA DEL PUEBLO REALIZA ACCIONES ANTE LA VIOLACIÓN A UN ADOLESCENTE EN UN HOGAR Y ALERTA FALENCIAS EN CINCO INSTITUCIONES

DEFENSORÍA DEL PUEBLO REALIZA ACCIONES ANTE LA VIOLACIÓN A UN ADOLESCENTE EN UN HOGAR Y ALERTA FALENCIAS EN CINCO INSTITUCIONES

21 de Junio de 2025 08:06 am

DEFENSORÍA DEL PUEBLO REALIZA ACCIONES ANTE LA VIOLACIÓN A UN ADOLESCENTE EN UN HOGAR Y ALERTA FALENCIAS EN CINCO INSTITUCIONES

Santa Cruz, 20 de junio de 2025.- Al menos cinco instituciones deben esclarecer presuntas irregularidades que beneficiaron al agresor de la violación sexual a un adolescente en custodia del Estado que se encontraba en el ‘Hogar Comunidad Encuentro’, a cargo de la Iglesia Católica ubicado en el municipio de San Carlos (Santa Cruz), informó la Delegada Defensorial Departamental de Santa Cruz, Sheila Gómez Santivañez.

“El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, la Policía Departamental, los gobiernos autónomos municipales de Warnes y San Carlos, y la Iglesia Católica deben aportar en las investigaciones del delito de Violación a INNA (Infante Niña, Niño Adolescente) y porque las pesquisas refieren que hubo presuntas irregularidades que beneficiaron para que el agresor huyera, solo lo atraparon cuando escapaba a Chile y mañana es su audiencia”, añadió la delegada.

Las declaraciones de Gómez surgen en el marco de las investigaciones del caso abierto de oficio en la Defensoría del Pueblo que, tras conocer el hecho, inmediatamente activó una intervención integral; por un lado, se emitieron los requerimientos de informes al Servicio Departamental de Políticas Sociales (SEDEPOS), la Dirección de Género y Asuntos Generacionales del municipio de Warnes y la Fiscalía; por otro lado, esta jornada un equipo de profesionales defensoriales se constituyó al hogar, donde sostuvo entrevistas con los responsables y se tomó contacto con la madre de la víctima como denunciante.  

“Sobre la institucionalización del adolescente, se conoció que la DNA de Warnes habría informado al juzgado, pero se ignora si fue dentro de plazo establecido en la norma; sin embargo, durante la verificación se evidenció que el adolescente no se encontraba institucionalizado”, explicó.

El artículo 53 y 54 de la Ley 548 ‘Código Niña, Niño y Adolescente’ establece que la institución receptora tiene 24 horas para poner en conocimiento el acogimiento a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA) y ésta, tiene 72 horas para informar al juzgado.

Asimismo, tras el contacto con la madre de la víctima de violencia sexual, ésta testimonió que la policía no habría iniciado actuaciones de forma oportuna cuando ella habría denunciado el hecho.